Bookmark and Share

Disposición transitoria del artículo 17

Las instituciones de educación universitaria que al momento de sancionar esta ley se denominen “Colegios Universitarios” contarán con un plazo de un año para cambiar su denominación legal a Institutos Universitarios.

© 2024 Universidad del Zulia. Derechos reservados. Maracaibo, Venezuela. Acerca de LUZ Web. Ayuda.