Los subsistemas autónomos estarán coordinados por instancias independientes de los órganos de gobierno propios de cada una de las instituciones de educación universitaria. Cada subsistema autónomo atenderá los procesos relativos a su denominación y competencias. Para atender el desarrollo de tales procesos, los subsistemas recibirán los recursos a través de una partida del presupuesto nacional. Los recursos derivados de tal presupuesto serán directamente asignados a y, ejecutados por cada subsistema. La rendición de cuentas se hará ante el Subsistema Autónomo de Control y Rendición de Cuentas y será remitida, para su conocimiento, a las respectivas instituciones de educación universitaria. La rendición de los recursos asignados al Subsistema Autónomo de Control y Rendición de Cuentas se cumplirá ante el Consejo Nacional de Educación Universitaria.