Universidad del Zulia

Artículo 85: Atribuciones del Consejo Ejecutivo

Son atribuciones del Consejo Ejecutivo:

  1. Elaborar el proyecto de presupuesto institucional.
  2. Aprobar las modificaciones a dicho presupuesto. 
  3. Aprobar las contrataciones y los convenios de cooperación académica. 
  4. Aprobar el calendario de actividades. 
  5. Designar a las personas que actúen como representantes de la institución ante otros organismos o entes. 
  6. Implementar los programas de formación integral una vez aprobados por el Subsistema Autónomo de Autorización, Evaluación y Acreditación de Instituciones y Programas de Educación Universitaria.
  7. Aprobar el ingreso, ascenso, traslado, licencias y retiro del personal universitario. 
  8. Autorizar la adquisición, enajenación y gravamen de bienes muebles de la institución y la aceptación de herencias, legados y donaciones. 
  9. Designar el Director Administrativo de la institución según lo dispuesto en el artículo 93 de esta ley.
  10. Conocer, aprobar y otorgar las credenciales de los directivos o autoridades de la institución de educación universitaria y de los integrantes de las diversas comisiones que se designen.
  11. Las demás establecidas en esta ley y en los reglamentos de cada institución.
Universidad del Zulia. Derechos reservados. Maracaibo, Venezuela.