El Ministerio con competencia en la materia de educación universitaria elaborará el Estatuto del Personal Administrativo y Técnico, con base en los criterios que rigen al personal de la función pública, a los fines de establecer sus derechos y deberes. Igualmente aplicarán de manera supletoria la Ley del Estatuto de la Función Pública, la Ley del Trabajo y otros instrumentos normativos y convencionales que dispongan mayores beneficios.